Coahuila · Resultados Oficiales 2026

Resultados Electorales
Coahuila 2026

Integración del Congreso del Estado

Periodo constitucional 2027-2029 · 25 diputaciones · 16 de mayoría relativa · 9 de representación proporcional

Fuente: Acuerdo IEC/CG/138/2026 del Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila, aprobado el 14 de junio de 2026, y Cómputos Distritales Definitivos del IEC.

25

diputaciones

16

mayoría relativa

9

rep. proporcional

2027

inicio periodo

Integración del Congreso 2027-2029

25 diputaciones: 16 de mayoría relativa y 9 de representación proporcional

16

PRI

15 MR · 1 RP

5

Morena

0 MR · 5 RP

2

UDC

1 MR · 1 RP

1

Nuevas Ideas

0 MR · 1 RP

1

PT

0 MR · 1 RP

PRI
PRI — 16 curules
Morena
Morena — 5 curules
UDC
UDC — 2 curules
Nuevas Ideas — 1 curul
PT — 1 curul
64% 20% 8% 4% 4%

Composición final con paridad de género: 13 mujeres y 12 hombres. Fuente: Acuerdo IEC/CG/138/2026 del IEC.

Diputaciones de Mayoría Relativa

16 distritos electos directamente. Todas las fórmulas fueron postuladas por la coalición Alianza Ciudadana por la Seguridad (PRI-UDC).

Fuente: Acuerdo IEC/CG/138/2026 del IEC. Las fichas individuales provienen de Conóceles Coahuila (IEC).

Diputaciones de Representación Proporcional

9 diputaciones asignadas en circunscripción estatal única, en orden de votación.

Fuente: Acuerdo IEC/CG/138/2026 del IEC. Fichas individuales: Conóceles Coahuila (IEC).

¿Cómo se asignaron estas 9 diputaciones?

1. Ronda de porcentaje específico

2. Tope del PRI y de UDC

3. Cociente natural y resto mayor

4. Ajustes de subrepresentación y paridad

Síntesis divulgativa de la metodología establecida en el Acuerdo IEC/CG/138/2026 del IEC.

Votación estatal por partido

Cómputo estatal definitivo. Porcentajes sobre la votación válida emitida (1,213,321 votos).

Partido Votos % VVE
PRI
651,086
53.66%
Morena
290,056
23.91%
Nuevas Ideas
77,744
6.41%
UDC
50,837
4.19%
PT
46,071
3.80%
PVEM
34,088
2.81%
PAN
27,819
2.29%
MC
25,579
2.11%
México Avante
7,609
0.63%
Votación total: 1,268,260 Votos nulos: 54,527 (4.30%) Candidaturas no registradas: 412 (0.03%)

Con derecho a representación proporcional (≥3% VVE): PRI, Morena, Nuevas Ideas, UDC y PT. Fuente: Cómputo Estatal y Acuerdo IEC/CG/138/2026 del IEC.

Efectos adicionales de la elección: análisis

Apartado de opinión y análisis del especialista. No constituye una resolución oficial. La determinación sobre la conservación o pérdida del registro de los partidos corresponde exclusivamente a la autoridad electoral, que deberá proceder en consecuencia una vez firmes los resultados.

Conforme al artículo 94, numeral 1, inciso b) de la Ley General de Partidos Políticos, un partido político local puede perder su registro si no obtiene al menos el 3% de la votación válida emitida en alguna de las elecciones en que participó. El umbral en esta elección equivale a aproximadamente 36,400 votos sobre una votación válida emitida de 1,213,321.

Partidos nacionales

Los partidos nacionales que quedaron por debajo del 3% en esta elección —PAN (2.29%), PVEM (2.81%) y Movimiento Ciudadano (2.11%)— no pierden su registro nacional por este resultado local, pues dicho registro se rige por la normatividad federal y se evalúa con base en las elecciones federales. No obstante, su votación en Coahuila sí incide en sus prerrogativas locales, como el financiamiento público estatal y los tiempos de radio y televisión.

Partidos locales

A partir de una lectura gramatical del artículo 94, el partido local México Avante Coahuila, que obtuvo 0.63% de la votación válida emitida, podría encontrarse en riesgo de perder su registro estatal al no alcanzar el umbral del 3%. Corresponderá al Instituto Electoral de Coahuila determinarlo mediante el procedimiento respectivo. Se precisa que UDC y Nuevas Ideas, también partidos locales, conservan su registro al haber obtenido 4.19% y 6.41% respectivamente.

Análisis con fundamento en los artículos 94 y 95 de la Ley General de Partidos Políticos y el cómputo estatal del IEC. Los efectos definitivos sobre el registro serán determinados por la autoridad electoral competente.